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24 de diciembre de 2013

Orden de alejamiento del Congreso ¿A favor o en contra?

Como si fueren unos asesinos, o unos delincuentes que se teme que puedan acabar con la vida de una persona o, en este caso, acabar con la estabilidad de nuestra supuesta "democracia" eso es lo que para un Juez son los ciudadanos que se manifestaron ante el Congreso el pasado 14 de diciembre. En concreto el titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Madrid, Pedro López Jiménez, ha dictado un auto por el que prohíbe a cinco detenidos por los disturbios en la convocatoria Rodea el Congreso acercarse a menos de 500 metros de la sede de la Cámara Baja. ¿Cómo lo ves?



Es la primera vez que se dictamina una orden de alejamiento en este tipo de casos, si en actos deportivos se había instaurado una obligación de ese tipo pero no para el caso de manifestantes que, supuestamente, estaban ejerciendo su derecho ciudadano a expresar su malestar ante la situación actual. Y es que el caso convierte en paradójico lo ocurrido, estos ciudadanos iban a manifestarse contra la Ley de Seguridad Ciudadana y han acabado calificados de delincuentes peligrosos a quienes han de alejar de su objetivo, en este caso el Congreso de los Diputados.

El juez ampara su decisión en el artículo 544 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que permite prohibir al imputado de ciertos delitos a acudir a determinados lugares o que se aproxime a determinadas personas. Según el magistrado: "Para la adopción de la medida cautelar que solicita el ministerio fiscal, no se requiere una prueba, sino un indicio razonable, la existencia del hecho punible, y de la intervención en el mismo del sujeto activo, y para quien resuelve, el examen e identificación fotográfica antes mencionada puede considerarse como un dato de la naturaleza expresada". Vamos que con una foto basta para alejar por siempre a un manifestante de la puerta de los leones. ¿A dónde vamos a llegar? ¿Son necesarias estas y otras medidas que plantea la Ley de Seguridad Ciudadana

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